Seguimiento del COPASST a los EPP

 

Seguimiento del COPASST a las medidas de bioseguridad implementadas

Los empleadores y contratantes tienen la responsabilidad de suministrar de manera integral, urgente y eficiente, los elementos de protección personal - EPP - a sus trabajadores, y en particular esta obligación es más relevante en el sector salud, por la mayor exposición a riesgos de contagio con el coronavirus COVID-19.

Por esta razón, con base en la responsabilidades que tiene el empleador o contratante de informar al COPASST sobre las medidas adoptadas en prevención de riesgos, se convoca a esta instancia para que realice el control, seguimiento y evaluación de las medidas diseñadas por la empresa para la implementación y cumplimiento del Protocolo General de Bioseguridad para el Manejo del COVID-19, a partir de la elaboración de informes semanales que deberán enviarse al Ministerio del trabajo y disponerse para consulta en la página web institucional.

En este sentido, consulte aquí el seguimiento del COPASST a las medidas de bioseguridad implementadas en el marco de la pandemia por COVID-19.

1. Base de datos servidores por nivel de exposición
2. Cumplimiento de características EPP

     2.1 Evaluación características

    2.2 Fichas técnicas – Proveedor Dirección Administrativa


    2.3 Fichas técnicas - Proveedor Salud Ocupacional

3. Oportunidad entrega de EPP
4. Entregas EPP 

    4.1 Donaciones

          
    4.2 Entregas de la ARL Positiva

5. Proyección EPP por cargo y nivel de exposición
6. Evidencias Acuerdo 500 y Circular 029 de 2020
7. Informe consolidado (Mayo – Agosto)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

E.S.E. Metrosalud